+ $ 155.400 expensas
Departamento en duplex de 3 dormitorios y escritorio que se distribuye de la siguiente manera:
PB: cocina semi integrada con barra, living comedor con split frío/calor y salida el balcón terraza , dormitorio en suite con placard y split frío/calor, segundo dormitorio con placard y split frío/calor, 2do baño con ducha, baulera bajo escalera, balcón terraza corrido con lavadero.
Primer Piso: 3er dormitorio con placard y split frío/calor, 3er baño con ducha, escritorio o dpcia de servicio con split frío/calor y salida a la segunda terraza con pequeña parrilla.
edificio con SUM, Terraza con Parrilla y LAUNDRY
MEDIDAS:
Liv. com: 5,80x3,20
Cocina: 3x2,40
Dorm suite: 3x3
Dorm 2: 3x2
Dorm 3: 3x2,70
Escrit o Dpcia: 2,70x2,50
Balcón Tza PB: 7,60x2 con lavadero
Balcón Tza 1er Piso: 7,60x2
El dpto posee persianas en todos los dormitorios y Rejas en todos los ambientes que no tienen persianas.
Condiciones: 1 mes adelanto, 2 meses de depósito, garantia Fianza FINAER
Requisitos: Ingresos demostrables
MANUELA PEDRAZA N° 5252
Estado de la propiedad: Muy Bueno
Apto prof.: No
Superficie total: 125 m²
Superficie cubierta: 90 m²
Disposición: Al frente
Orientación: Nordeste
Plantas: 2
Agua caliente: Termotanque
Calefacción: Acondicionador de aire
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Muy bueno
Cantidad de pisos: 3
Dptos/piso: 5
Ascensores principales: 1
Código aviso: 181
CORREDOR Y MARTILLERO JULIETA CERSOSIMO MATRICULA CUCICBA 6340 Artículo 11 - Derechos. Son derechos de los corredores inmobiliarios: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y de quien resulte co-contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. Artículo 57 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes